Rechazo Judicial: Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago desestima solicitud de anulación de listado de víctimas en caso de apremios ilegítimos durante el estallido social

  • La defensa del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, ve frustradas sus intenciones al intentar anular la entrega del listado de víctimas de trauma ocular durante el estallido social.
  • El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rechazó la solicitud, argumentando que no existe perjuicio para el imputado y que la protección de datos sensibles debe ser reclamada por los titulares, es decir, las presuntas víctimas.

En una decisión que marca un hito en el caso de apremios ilegítimos durante el estallido social, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rechazó la solicitud presentada por la defensa del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez. La acción judicial, firmada por los abogados Jorge Martínez y María Jesús Wielandt, buscaba anular la entrega del listado de víctimas de trauma ocular durante los disturbios, ordenada previamente a la Subsecretaría de Salud y Subsecretaría de Redes Asistenciales.

La defensa de Yáñez había calificado la solicitud como “inconstitucionalmente improcedente”, argumentando que la fiscal Ximena Chong no singularizaba a un número indeterminado de personas afectadas por los apremios ilegítimos. Sin embargo, la juez titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Marcia Irene Figueroa Astudillo, resolvió rechazar el recurso de nulidad presentado.

En el fallo se destaca que “no aparece lógico otorgar una nulidad procesal a un interviniente que no es el titular del derecho, como es la protección a los datos sensibles de los pacientes por las atenciones médicas prestadas”. Se argumenta que dicha protección debe ser reclamada por los titulares, es decir, las presuntas víctimas.

Además, se subraya que la defensa no ha demostrado cómo se verían afectadas las garantías del imputado en el proceso penal por haberse accedido a la diligencia solicitada por el Ministerio Público. El tribunal concluye que la inobservancia de las formas no atenta contra la posibilidad de actuación de los intervinientes en el proceso y, por lo tanto, la solicitud de anulación carece de fundamento.

Este rechazo judicial agrega un nuevo capítulo al complejo escenario legal que rodea las investigaciones sobre la conducta de Carabineros durante el estallido social, generando expectativas sobre el rumbo futuro del caso y las implicancias para todas las partes involucradas.

Fuente: Radio Biobio

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