Cámara de Diputados aprueba por amplia mayoría moción que tipifica y sanciona el delito de ingreso clandestino a territorio nacional

  • Con 88 votos a favor, 34 en contra y 14 abstenciones, la Cámara de Diputados dio luz verde a una moción que modifica la Ley de Migración y Extranjería, introduciendo un nuevo artículo sobre delitos migratorios.
  • La normativa sanciona el ingreso clandestino al territorio nacional y establece penas que van desde presidio menor hasta la expulsión, con excepciones para refugiados y menores de edad.

En una votación que reflejó un amplio respaldo, la Cámara de Diputados aprobó hoy la moción que busca tipificar y sancionar el delito de ingreso clandestino a territorio nacional. Con 88 votos a favor, 34 en contra y 14 abstenciones, el proyecto fue despachado al Senado para su revisión.

El texto modifica la Ley de Migración y Extranjería, incorporando un nuevo artículo que aborda específicamente los delitos migratorios. La medida se centra en quienes ingresen clandestinamente al territorio nacional, ya sea por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio.

La moción establece que aquellos que cometan esta conducta serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o con una multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales, equivalente a aproximadamente entre 323 mil y 646 mil pesos. Sin embargo, se excluyen de esta normativa a extranjeros que reúnan las condiciones de refugiados provenientes directamente de territorios donde su vida o libertad esté amenazada, así como a menores y sus responsables legales.

En el caso de extranjeros que ingresen clandestinamente y tengan causales de impedimento o prohibición de ingreso, la pena se incrementará a presidio menor en su grado medio a máximo (entre 541 días y 5 años). Lo mismo aplicará a quienes utilicen documentos falsos o proporcionen información falsa para ingresar o salir del territorio nacional.

Posterior al cumplimiento de la pena, se procederá siempre a la expulsión del extranjero.

El proyecto también aborda la situación de aquellos extranjeros que sean detenidos en casos flagrantes de delitos, sancionados por ingreso irregular y que no hayan cometido otros delitos. En estos casos, se contempla la posibilidad de reconducción o devolución inmediata, o en su defecto, ser puestos a disposición del tribunal.

El tribunal de garantía dictará sobreseimiento definitivo si durante la investigación surge que el imputado era víctima de trata de personas, informando esta situación al Ministerio del Interior y al Fiscal Regional respectivo.

En casos donde se desconozca la identidad del imputado, se considerará que la libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, al igual que en situaciones donde no siendo turista, la persona no cuente con rol único nacional.

La aprobación de esta moción refleja el compromiso de la Cámara de Diputados en fortalecer el marco legal para garantizar la seguridad y orden en materia migratoria, al tiempo que se protegen los derechos fundamentales de aquellos extranjeros que cumplen con las condiciones establecidas por la ley.

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